jueves, 15 de marzo de 2018

Delitos electorales


Delitos Electorales

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Los delitos electorales son aquellas acciones u omisiones que lesionan o ponen en peligro el adecuado desarrollo de la función electoral y atentan contra las características del voto que debe ser universal, libre, directo, personal, secreto e intransferible.

1. Perturbación de las elecciones

No puedes permitir que personas impidan, perturben o interrumpan las elecciones, así como el escrutinio de la misma, quienes lo hagan tendrán una condena de 4 a 9 años de cárcel.

2. Presión al votante

Debes denunciar en caso de recibir o ser testigo de amenazas que busquen alterar intención de tu voto o la de cualquier ciudadano. Solo tú decides a quien elegir. Esta práctica tendrá una condena entre 4 a 9 años.

3. Engaño al votante

Nadie puede engañar a un ciudadano para que vote por determinado candidato, partido o corriente política, ya que tendrá una condena entre 4 y 8 años. 

4. Trasteo de votos o electores

Denuncia si sabes que un ciudadano o un grupo de ciudadanos inscribieron la cédula en un lugar diferente al de su residencia, trabajo o negocio. Este tipo de fraude tendrá cárcel de 4 a 9 años.

5. Compra y venta de votos 

Si observas que una persona promete o recibe dinero o bienes a cambio del voto debes denunciarlo. Este tendrá una condena de 4 a 7,5 años 

6. Suplantación de votantes 

Debes denunciar en caso de que un ciudadano suplante a otro en el momento de votar o vote más de una vez. Quien cometa esta suplantación tendrá cárcel de 4 a 8 años. 

7. Complicidad de voto fraudulento

Los funcionarios públicos que intervienen en el proceso electoral que propicien la práctica del voto fraudulento tendrán una condena de 4 a 8 años.

8. Mora en la entrega de documentos relacionados con la votación 

Denuncia cuando un funcionario público no haga entrega oportuna de los documentos de votación, sellos de urna y/o arca triclave, tendrá una condena de 1,3 a 4,5 años de prisión.

9. Alteración de resultados electorales 

Nadie podrá alterar el resultado de una votación, introducir documentos o tarjetones indebidamente. Si lo hace tendrá una condena de 4 a 8 años, salvo que la conducta constituya delito sancionado con pena mayor. 

10. Retención ilícita de cédula

Debes denunciar cuando una persona haga desaparecer, posea o retenga cédula(s) de ciudadanía ajena(s) o cualquier otro documento necesario para votar. El que cometa esta conducta incurrirá en prisión de 4 a 8 años, salvo que la conducta constituya delito sancionado con pena mayor.

11. Denegación de inscripción 

Denuncia al servidor público que deba inscribir a candidato o lista de candidatos para elecciones y no cumpla con esta función, la dilate o la entorpezca, tendrá una condena en prisión de 1,3 a 4,5 años

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